Ni tanto, ni tan calvo.
Los caminos del Señor, y los criterios de la AEPD son inescrutables. Hoy veremos cómo 2 supuestos muy similares, arrojan resultados radicalmente distintos, gracias a los criterios interpretativos de la Agencia Española de Protección de Datos. Supuesto #1: Por error, una empresa de telefonía móvil envía factura de otro cliente por email. Los datos revelados
Read More...