Notarios y registradores: firma electrónica
Partimos de la premisa por la cual determinados documentos electrónicos tienen la naturaleza de documentos públicos. Este principio de titulación pública o auténtica es perfectamente compatible con la vigente Ley de Firma electrónica. La Ley de Firma electrónica no modifica las funciones “tradicionales” que corresponde realizar a determinadas personas facultadas con arreglo a Derecho (por
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