Internet se ha convertido en una herramienta de comunicación básica e imprescindible hoy en día para millones de personas. Se trata de un modo fácil y atractivo para acceder a todo un aluvión de información que se publica de forma continua, tanto de manera consciente como inconsciente. De este modo, se insiste en la importancia de ser extremadamente cuidadoso con los datos e imágenes que se publican en este medio.
Para Artemi Rallo, Director de la Agencia Española de Protección de Datos, el Derecho al Olvido tiene que reconocer la cancelación de datos personales que se han recabado legítimamente para que se retire cuando se agote la finalidad para la que fue obtenida, de manera que convierta al titular el poseedor de toda su información, y que “esa información no sea imperecedera” en Internet.
El derecho al olvido ampara la capacidad que tiene una persona para poder borrar la información irrelevante sobre sí misma y poder preservar su privacidad. Ninguna persona que no tenga la consideración de personaje público o sea objeto de relevancia pública tiene que resignarse a que sus datos circulen por Internet. El alcance de la información que circula por Internet no solamente tiene alcance global, sino eterno.
Los ejemplos a los me refiero son claros: una persona con veinte años que cuelga fotos de sus fiestas con sus amigos puede resultar adecuado para su entorno y edad, pero comprometedora para su futuro laboral y social. Otro ejemplo puede ser la publicación de comentarios sobre alguien en foros de opinión, que prevalecen en el tiempo y que con la indexación en buscadores como Google se multiplica su acceso.
En este último caso pueden chocar la protección de datos con la libertad de expresión, a no ser que se refiera a información veraz sobre asuntos públicos de interés general, donde prevalece este último.
Cada persona somos dueños de nuestra propia imagen, honor e intimidad, por lo que debemos tener en cuenta hasta que punto podemos perder el control de los mismos cuando introducimos datos e imágenes en Internet. Por ello debemos considerar todos los mecanismos legales que se ofrecen para poder cancelar toda información que circula por este medio, y que tiene, hasta el momento que no se determine una legislación pertinente, carácter perecedero.
Fuente: www.elpais.com
Iván Ontañón Ramos
Departamento Legal