Hoy por hoy los datos personales que poseen las compañías o la Administración Pública suponen un gran valor para ellas, ya que le da la opción de conocer nuestros gustos, nivel adquisitivo, … Por esta razón es algo que desde la Agencia Española de Protección de Datos intentan controlar, para que nuestra información no se encuentre vagando de un sitio para otro sin ningún tipo de control.
Hay que tener claro que el derecho a la protección de datos es un Derecho Fundamental, pero muchas veces es quebrantado a la hora de la recogida de los datos, en las operaciones que se realizan con ellos, en el tratamiento y conservación, etc. De ahí que una empresa deba estar bien adecuada a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), ya que es una ley que toda compañía o administración tiene que cumplir.
Cuando cualquiera de nosotros entregamos nuestros datos verbalmente o mediante formularios bien sea a través de Internet, correo ordinario o personalmente, las empresas a la que se lo entregamos deben informarnos expresamente sobre:
• La existencia de un fichero o base de datos personales
• La finalidad de ese fichero
• Los destinatarios de los datos personales
• La posibilidad de ejercitar nuestros Derechos de Acceso, Cancelación, Rectificación y Oposición
• El nombre y la dirección del responsable del fichero
Además de los puntos anteriores, las organizaciones responsables de ficheros que contengan datos de carácter personal tienen que tener presente que esos ficheros deben estar inscritos en al Agencia de Protección de Datos (AEPD).
Si por algún casual una persona recibe una carta publicitaria o promocional que llega a su nombre y no recuerda haber facilitado los datos a la empresa que firma en el remitente, debe asegurarse de:
• no haber facilitado anteriormente los datos a la empresa
• sin no ha sido así, deben de informarle acerca de quién le ha cedido los datos personales
• se podrá ejercitar su derecho de acceso para averiguar la procedencia de sus datos personales, es decir, para saber quién se los ha cedido.
Las cesiones ilegítimas de datos tienen que ir acompañadas del consentimiento del titular de los datos, si esto no se cumple puede ser penado.
Estos son algunos de los puntos que la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) recoge en sus artículos, y un incumplimiento de alguno de ellos puede conllevar a una sanción que oscila entre los 600 y 600.000 €.