Hipervínculos a contenidos protegidos

Hipervínculos a contenidos protegidos

Hoy en día es habitual que al publicar un artículo en Internet se incluyan hipervínculos que redireccionen a otras páginas que  sirvan para ampliar información.

Esta conducta ha sido objeto de análisis jurídico en reiteradas ocasiones, pues en ocasiones puede suponer un aprovechamiento o uso ilícito de la propiedad intelectual de terceros.

En relación a esto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia, de 8 de septiembre de 2016, asunto C-160/15, en relación a un litigio entre GS Media BV, Sanoma Media Netherlands BV (editora de la revista), Playboy Enterprises Internacional Inc, y Britt Geertruida Dekker.

Antecedentes

Todo comenzó cuando el fotógrafo C. Hermés realizó un reportaje fotográfico para la revista Playboy con Britt Geertruida Dekker como protagonista para la edición de diciembre de 2011 de la revista.

El 26 de octubre de 2011 la redacción de GeenStijl (sitio explotado por GS Media BV) recibió un correo electrónico con un hipervínculo que remitía a un archivo electrónico alojado en el sitio de Internet Filefactory.com, situado en Australia y dedicado al almacenamiento de datos. Dicho archivo contenía las imágenes realizadas por el fotógrafo para la revista.

Ese mismo día Sanoma solicitó a GS Media BV que se abstuviese de difundir las imágenes; sin embargo, la web continuó en su empeño, y el 27 de octubre de 2011 publicó un artículo en el que se redireccionaba a la web de Filefactory.com donde se encontraban hipervínculos para acceder a la descarga de las fotos.

Sanoma volvió a requerir la retirada de las fotos directamente a GS Media BV, que hizo caso omiso, al contrario de lo que sucedió con Filefactory, quienes sí retiraron el contenido.

El 7 de noviembre de ese mismo año se requirió mediante escrito a la empresa GS Media BV que retirara el artículo publicado el 27 de octubre con todos los comentarios e hipervínculos contenidos en él. Nuevamente se desoyeron estas peticiones y la página publicó un nuevo artículo hablando del litigio entre Sanoma y GS Media BV, adjuntando al final del mismo nuevos hipervínculos redireccionando a las fotografías, ahora alojadas en Imageshack.us. Este sitio, posteriormente procedió a la eliminación de los archivos.

El 17 de noviembre se publicó un tercer artículo donde nuevamente se incluían hipervínculos para acceder a las fotografías. Además los internautas generaron copias de las fotografías, accesibles a través de otros hipervínculos.

Finalmente las fotos en cuestión fueron publicadas oficialmente en Playboy en la edición de diciembre de 2011.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En su sentencia, el TJUE analiza el concepto de “comunicación al público”, del que se exige una apreciación individualizada.

El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, sostiene que para dilucidar si el hecho de colocar en un sitio de Internet hipervínculos que remiten a obras protegidas, disponibles libremente en otro sitio de Internet sin la autorización del titular de los derechos de autor, constituye una “comunicación al público” en el sentido de la citada disposición, es preciso determinar si dichos vínculos son proporcionados sin ánimo de lucro y por una persona que no conocía o no podía conocer razonablemente el carácter ilegal de la publicación de esas obras en este otro sitio de internet

En este caso, se consideró acreditado que GS Media proporcionó con ánimo de lucro los hipervínculos que remiten a los archivos que contenían las fotos. Además en base a los hechos se desprende que GS Media era consciente del carácter ilegal de dicha publicación y que por tanto no podría enervar la presunción de que la colocación de tales vínculos se produjo con desconocimiento del carácter ilegal de la publicación.

Esta sentencia sienta un precedente que influirá en las futuras decisiones de los tribunales nacionales  y que afectará a las páginas de enlaces de películas o series de manera ilícita.

Marta Requena

Departamento Legal – Áudea seguridad de la Información