Todos conocemos a alguien que se jacta de estar utilizando la red de su vecino sin pagar un duro porque dicho vecino no ha tomado la mínima precaución de meter una contraseña en su router. El problema no es ya que otra persona esté robándonos ancho de banda y por tanto reduciendo la capacidad de nuestra conexión doméstica (o profesional), sino las actividades que se le puedan imputar al titular de la conexión cuando en realidad ha sido otra persona la que las ha llevado a cabo.
En Alemania, el Tribunal Supremo ha condenado a la propietaria de una línea de conexión a Internet por la descarga de una canción realizada por un desconocido que se «coló» en su router. Este caso es especialmente llamativo porque la propietaria de la línea no tenía su router abiert (es decir, sin contraseña) sino que había dejado la contraseña que viene por defecto. El Tribunal Supremo alemán, ha considerado que las contraseñas por defecto son claramente insuficiente para evitar intrusiones de terceros, y condena a la propietaria a abonar las costas judiciales a la demandante. Una sentencia que en España resultaría grotesca pero que al fin y al cabo nos pone sobre aviso de hacia donde pueden evolucionar estos temas.
Departamento de Comunicación
Áudea Seguridad de la Información