Para modificar unos datos incorrectos o desactualizados, la Ley garantiza al afectado el ejercicio del derecho de rectificación.
La solicitud del ejercicio del derecho de rectificación deberá contener la identificación del afectado a través de la fotocopia del DNI o documento equivalente, el dato erróneo que se está tratando, el dato correcto que debe sustituirlo y la documentación que acredite la veracidad del nuevo dato.
La rectificación deberá hacerse efectiva por la empresa o administración publica en un plazo máximo de 10 días hábiles, tras los cuales, deberá contestar al afectado confirmando la rectificación de los datos.
En los casos en los cuales la empresa o administración pública hubiera comunicado previamente esos datos erróneos a un tercero ajeno al afectado, deberá comunicar al cesionario la rectificación de dichos datos en el plazo máximo de 10 días hábiles, de forma que el afectado no tendrá que solicitar la rectificación a las empresas o entidades cesionarias.
En caso de que la empresa se niegue a rectificar los datos o no conteste en los citados plazos, el afectado podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, que instruirá un procedimiento contra la empresa y dictará finalmente una resolución que obligará a la empresa a hacer efectivo el derecho.
Departamento de Comunicación
Áudea Seguridad de la Información