Las nuevas tecnologías están revolucionando la toma de decisiones en el mundo empresarial, un mundo que vive de la propia información para dicha toma de decisiones y que se requieren tomarlas prácticamente “en tiempo real”, muchas veces sobreponiendo las conclusiones que se saquen de los datos que, de los propios directivos, instaurando así una dictadura del dato.
Para la toma de estas decisiones, se requiere el análisis de una cantidad ingente de datos para sacar conclusiones derivadas de dichos datos. Es lo que se conoce como Big Data. Uno de los medios utilizados según Big Data consiste en la creación de perfiles de riesgo basándose en patrones anteriores de situaciones anteriores.
Pongamos el ejemplo de una compañía de seguros que analiza una misma situación para determinar en qué circunstancias una persona puede tener un elevado riesgo a la hora de la contratación de un seguro de vida, y cuya decisión sobre la procedencia de la celebración del contrato se hace directamente por internet, y cuya respuesta es inmediata sin intervención de ningún empleado de la aseguradora. Este procedimiento es conocido como una decisión automatizada.
Son evidentes los problemas que nos podemos encontrar: si una persona que introduce los datos personales en un programa el cual dicta la valoración al instante y es determinante para la celebración de un contrato, hace que las personas se conviertan en datos y no miren otras condiciones a la hora de firmar un contrato tan importante como es un contrato de seguro de vida.
Para prevenir esta situación, el RGPD (o GDPR en inglés) prevé el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, una variante del ya conocido derecho de oposición. Esta disposición nos permite negar este tipo de actividades sobre nosotros que utilizan nuestros datos personales.
En caso de que para ese tipo de tratamiento se utilicen datos sensibles como pueden ser salud (enfermedades), ideología o vida sexual, el tratamiento estará prohibido, salvo que se haya otorgado un consentimiento “explícito” por parte del afectado.
Este derecho se convierte a su vez en una salvaguarda fundamental para los derechos de los afectados en una situación muy sensible para ellos, puesto que se viene a evitar que se institucionalice aún más esa “dictadura del dato”.
Juan José Gonzalo Domenech
Legal Department
Áudea Seguridad de la Información