Una aplicación móvil (APP) no deja de ser un software, una herramienta más para conseguir un fin. Como todas las herramientas, no está exenta de sus implicaciones legales.
Quiero una APP
Para muchas empresas, startups y particulares, el pensamiento que pone título a este epígrafe es el pistoletazo de salida para empezar a poner los medios para hacerse con su propia APP. Pero, ¿cómo?
Desarrollo in-house
Probablemente un startup en la que la APP sea el centro de su negocio decida desarrollarla internamente por su personal. Este puede ser el primer foco de problemas. La Ley de Propiedad Intelectual recoge que cuando sean trabajadores asalariados los que en el ejercicio de sus funciones o siguiendo las instrucciones de su empresario desarrollen un software, la titularidad y derechos de explotación sobre éste corresponderán al empresario.
No obstante, debemos tener especial cuidado si:
- El desarrollo del software no está entre las funciones del trabajador.
- El trabajador usa sus propios medios.
- El desarrollo se produce fuera de la jornada laboral.
- El desarrollo no sigue las instrucciones, si existieren, del empresario.
En tal caso, podríamos vernos privados de los derechos de explotación de nuestra APP.
Desarrollo por terceros
También tenemos que andar con pies de plomo cuando contratemos con terceros. Normalmente, cuando contratamos a un desarrollador o empresa de desarrollo todo pinta muy bien al principio, pero, tras un tiempo, podrían venir los problemas. Es muy frecuente que los clientes de las empresas de desarrollo no firmen ningún documento y cuando quieran cambiar de desarrolladores o asumir ellos mismos el desarrollo se encuentren secuestrados porque:
- Los desarrolladores son dueños de las cuentas de desarrollador de Google Play y Apple Store y se niegan a ceder la titularidad al cliente.
- Los desarrolladores ostentan la titularidad del dominio y se niegan a ceder la titularidad al cliente.
- Los desarrolladores han entregado el código objeto (la app), pero se niegan a entregar el código fuente al cliente.
Cualquiera de estas situaciones de difícil solución, podría haberse evitado con la firma de un buen contrato de desarrollo de software en el que se definan específicamente los hitos del desarrollo, el mantenimiento, entregas, penalizaciones, titularidad del dominio (si lo hubiere) y de cuentas de desarrollo de Google Play y Apple Store, así como una licencia de propiedad intelectual correctamente configurada para asegurar la entrega del código fuente al cliente y el respeto de sus derechos de explotación cuidadosamente redactado y revisado por un experto.
En próximas entregas de este artículo profundizaremos en otras implicaciones legales de las APPs en etapas posteriores: licencias de software, marcas, dominios, implicaciones en materia de protección de datos y más…
Víctor Méndez
Departamento legal